Requisitos de importación
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El principal objetivo de importar es poder contar con productos o bienes ya terminados, insumos, partes y otros que no son producidos en nuestro país natal sino que los hacen en otro.
El estado peruano autoriza el derecho ya sea persona natural o jurídica a que puedan realizar acciones de comercio exterior. Esto quiere decir que para poder importar necesitan obligatoriamente su Registro de Contribuyente (RUC).
Sin embargo, toda persona natural que realice dicha actividad de forma ocasional cuyo valor FOB no logre exceder los (US $ 1,000 ), y que solo registren hasta 3 anuales como máximo. No requieren el RUC.
Las compañías navieras disponen el valor de la tarifa correspondiente con base en variables como el peso y el volumen de la carga a transportar.
En la práctica, la relación peso/volumen de una carga se denominará como “factor de estiba”.
Antes de comenzar con tu primera importación debes tener en cuenta ciertos requisitos para, entre los cuales son:
- Contar con la inscripción en el registro único de contribuyentes (RUC)
- Estar habilitado ante el (RUC), para efectuar actividades de importación
- La dirección fiscal que declaraste en el RUC, no debe estar con la condición de no habido
- Entrega los formularios y documentos requeridos para la importación de mercancía, estos son necesarios sí; a la hora de importar lo haces como figura jurídica (empresa)
Pasos a seguir para importar
PASO 1
El producto
Ten claro qué quieres importar. Es importante y necesario que conozcas el código arancelario del producto que vas a importar.
Este código arancelario es una serie de 10 dígitos, los cuales identifican a nivel mundial la mercancía que quieres importar por ejemplo: según el valor, selección al consumo, pago del (IGV) o impuesto general de las ventas, derechos específicos y medida de defensa comercial (antidumping)
PASO 2
La cotización
Teniendo la información del tipo de producto, punto de carga, tamaño y peso el agente de carga te hará llegar una cotización; la cual puede estar dividida en tres partes de esta manera:
Costos FOB: Esto significa conocer todos los gastos, que genera al trasladar la mercancía hasta que esté a bordo del buque; en el puerto de origen.
Flete internacional: Recibirás una cotización, ya sea por volumen o peso para carga LCL o carga consolidada.
Gastos de llegada: Por lo general estos gastos corresponden al manejo de documentos, aunque algunos agentes de carga por sacar provecho del trámite incurren en el cobro extras, y más aún si la carga bien prepagada.
PASO 3
El valor CIF
El valor CIF es la suma de:
Costo de la mercancía + costo del recorrido + costo del seguro
Considerado hasta el puerto del destino. Esta información nos la haces llegar nuestro agente de carga.
No es obligatorio asegurar la mercancía, ya que la SUNAT empleará un valor porcentual al valor FOB de la misma, este porcentaje unido al código arancelario.
PASO 4
Inspección aduanera
Al llegar tu carga consolidada al puerto en un conteiner, donde esta otra mercancía que son de otros importadores, el mismo requerirá ser transportado a un almacén donde procederán a la apertura y donde separan la carga.
Una vez; te hayas asegurado de pagar el flete internacional, le corresponde a tu agente de carga siempre y cuando sea uno bueno tener estos gastos ya resueltos: desconsolidación de la carga, lugar de almacenamiento, estar pendiente de tu carga hasta que llegue a tu lugar de destino (por si se llegar a presentar algún inconveniente), ya que los almacenes en su mayoría tienen sus propias tarifas.
Estos costos deberán ser homogéneos por diversas razones, una de estas es para poder realizar la declaración en aduana (la cual generalmente es en dólares estadounidenses).